domingo, 6 de junio de 2021

El chollo de ser una asociación de utilidad pública

Hay equipos de fútbol de primera división, de segunda división, de tercera división,... y también hay asociaciones que ocupan la primera división de las entidades sin ánimo de lucro. Me refiero a las asociaciones declaradas de utilidad pública. La declaración de utilidad pública es el reconocimiento administrativo de que una asociación está constituida para asumir una finalidad de interés general. Esto es lo que dice la teoría. La práctica dice que ser asociación de utilidad pública es un buen chollo.

El reconocimiento de utilidad pública confiere las siguientes ventajas y derechos a las entidades que lo obtengan:
 
1.- Usar la mención declarada de utilidad pública en toda clase de documentos, a continuación de su denominación. Una mención que da prestigio y credibilidad.
 
2.- Disfrutar de las exenciones y beneficios fiscales que las leyes reconocen a favor de las mismas, en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente (Ley 49/2002, de Régimen Jurídico de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo):
 
a) en lo que respecta a nuestra asociación:
– Rebaja del tipo impositivo en el Impuesto sobre Sociedades del 10%. ¡Qué chollazo!
– Exención del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) respecto de todas las explotaciones económicas que estén exentas del Impuesto sobre Sociedades. Son la mayoría. Es decir, no pagas nada de IAE.
– Exención en el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) sobre bienes inmuebles afectos a su actividad. No pagarías el IBI de la oficina, de las casas de acogida y demás locales.
– Exención en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antigua plusvalía municipal). No pagarías este impuesto que grava las ventas de inmuebles de naturaleza urbana.
– No sujeción en el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) cuando las entregas de bienes y prestaciones de servicios son realizadas por la entidad a título gratuito. Es decir, tampoco pagas IVA.
– Exención en el ITP y AJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados). Cuando haces, por ejemplo, una escritura de compra-venta no pagas el impuesto que corresponde al comprador del inmueble.
 
b) en lo que respecta a las personas, físicas o jurídicas, que realicen aportaciones económicas a la entidad:
– En IRPF (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas): las personas físicas podrán deducirse el 25% de la cantidad donada, no pudiendo exceder del 10% de la base imponible del período impositivo. Los donantes pagarían menos a Hacienda por haber soltado pasta para tu asociación.
–  En el Impuesto sobre Sociedades: Las personas jurídicas podrán deducirse el 35% de la base de la deducción sobre la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, minoradas las deducciones (ejemplo: por inversiones medioambientales, por creación de empleo a personas discapacitadas, etc, etc, etc.) y bonificaciones a las que tienen derecho en virtud de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. La base de esta deducción no puede exceder del 10% de la base imponible del periodo impositivo, aunque las que excedan podrán aplicarse en períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
 
3.- Asistencia jurídica gratuita en los términos previstos en la legislación específica. Dicho en lenguaje coloquial: tienes abogado gratis. Se acabó lo de andar pagando más de cien euros por consulta a un picapleitos aprovechado. ¡Te van a atender gratis!

Si eres un emprendedor que está buscando ideas para triunfar en el mundo de los negocios, montar una asociación es una buena idea. Sólo tienes que tener paciencia y ganas de meterte en los líos burocráticos. Se trata de hacer papeleo, de enfrentarse a los funcionarios del "vuelva usted mañana" del famoso artículo de Larra. Seguro que consigues tu meta. ¡Ánimo! Una vez que tu asociación sea declarada de utilidad pública caerá la pasta con proyectos de las Administraciones Públicas y con dinerito de las empresas interesadas en pagarle menos al fisco.

María Rey
Economista
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